Una persona protegida incluida en un CPO puede solicitar que se modifique una orden de protección. Por ejemplo, las personas casadas, que tienen hijos y viven bajo el mismo techo pueden solicitar una modificación de la orden de protección para permitir que la parte restringida permanezca en el hogar. La forma más fácil de modificar el CPO es pedirle al juez una orden de “contacto pacífico” o de “no contacto negativo”. Esto no anula la orden de protección, pero permite que la persona restringida continúe haciendo contacto y esté cerca de la parte protegida, siempre que sea pacífica.
Si el tribunal determina que un PRO no es necesario, el TRO se disolverá y se dará por terminado el asunto. Si el juez emite un PRO un PRO-PERMANENT RESTRAINING ORDER //ORDEN DE RESTRICCIÓN PERMANENTE, el tribunal determinará las restricciones incluidas en la orden y la duración de la orden. Las Órdenes de Restricción Permanentes PRO no son realmente permanentes. Por lo general, caducan después de cinco años. Cuando expire, puede solicitar una nueva orden de restricción para permanecer protegido.
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